Página 20 - Memoria de Labores 2004-2005

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División de Investigación Financiera
De acuerdo a lo previsto en el artículo 3 de la Ley contra el Lavado de Dinero y de Activos, se crea la
“Unidad de Investigación Financiera” como una oficina primaria adscrita a la Fiscalía General de la
República. Dicha unidad, para efecto de funcionamiento al interior de la Fiscalía, es denominada
“División de Investigación Financiera” y deberá ejercer la investigación, prevención, detención y
erradicación de los delitos previstos en la Ley contra el Lavado de Dinero y de Activos, como
atribuciones y facultades que ésta le confiere.
Para el período de junio/2004 a mayo/2005, la Unidad de Investigación Financiera se propuso
como metas principales:
1.
Análisis, depuración y seguimiento de casos. Meta cumplida.
2.
Diseño, desarrollo y depuración de la base de datos. Meta cumplida.
3.
Asistencia a Foros y Seminarios. Meta cumplida.
Para ampliar un poco el desarrollo de las metas se puede manifestar que desde junio del dos mil
cuatro a mayo del presente año, la UIF ha iniciado 17 casos por el Delito de Falsificación o
Alteración de Moneda Art. 279 del Código Penal; asimismo se han iniciado 24 casos por el Delito
de Lavado de Dinero y de Activos Art. 4 de la Ley contra el Lavado de Dinero y de Activos, las
cuales han sido depuradas en la medida de su complejidad.
Sin embargo el completo seguimiento de estas investigaciones actualmente se encuentra en
depuración y seguimiento de 345 casos de los años 1999 hasta mayo del 2005, por el Delito de
Lavado de Dinero y de Activos; y por el Delito de Falsificación o Alteración de Moneda se
encuentran en depuración y seguimiento 134 casos de los años 2000 hasta mayo del 2005.
EXPEDIENTES DE JUNIO/04 A MAYO/05
TOTAL EXPEDIENTES
41
DELITO FALSIFICACION DE MONEDA (Art.279 Pn.)
TOTAL CASOS
17
CASOS EN INVESTIGACION
13
DESESTIMACION
1
PROCEDIMIENTO ABREVIADO
1
ARCHIVO PROVISIONAL
2
DELITO LAVADO DE DINERO (Art.4 L.L.D.y A.)
TOTAL CASOS
24
CASOS EN INVESTIGACION
21
EN INSTRUCCIÓN
1
MEDIDA CAUTELAR DE CARÁCTER REAL
2
REPORTES DE OPERACIONES SOSPECHOSAS
242
SOLICITUDES ASISTENCIAS INTERNACIONALES
11
SOLICITUDES DE ASISTENCIA AL INTERIOR DE LA
INSTITUCION
67
Fuente: División de Investigación Financiera de la FGR
A partir del segundo semestre del 2003 las Instituciones Financieras, obligadas de acuerdo a la Ley
Contra El Lavado de Dinero y de Activos, comenzaran a comunicar las transacciones superiores a
¢500,000 en efectivo y operaciones sospechosas a través del sistema de Administración SAR-CTR,
lo cual permitirá a la UIF llevar una base de datos automatizada de operaciones financieras, que al
mismo tiempo facilitará el análisis e investigación de casos sobre Lavado de Dinero y otras
actividades delictivas conexas.
Actualmente, en conjunto con la Superintendencia del Sistema Financiero se está desarrollando un
sistema operativo que permita compartir las diferentes bases de datos que poseen, tanto la UIF