Sujeto condenado por Uso y Tenencia de Documentos Falsos, en Ahuachapán

Por: / octubre 11, 2017

Santa Ana. Rigoberto Antonio Saavedra Sánchez, de 41 años  de edad; fue condenado a cumplir tres años y ocho meses de cárcel, después de que un tribunal lo encontrara culpable del delito de Uso y Tenencia de Documentos Falsos, previsto y sancionado en el artículo 287 del código Penal, en perjuicio de La Fe Publica, hecho ocurrido en el mes de junio de 2012, en la cuidad de Ahuachapán.

El jefe de la Unidad de Administración de Justicia de la Fiscalía General  de República (FGR), de la sede en Santa Ana, explicó que el imputado Rigoberto Antonio Saavedra Sánchez, fue capturado con orden administrativa girada la FGR, el 23 de abril de 2017, acusado del delito antes mencionado, y llevado a lavista pública, el 10 de octubre de 2017, ante el Tribunal de Sentencia de Ahuachapán, donde  después de los alegatos, el juez validó las pruebas presentadas por el Fiscal asignado al caso; dictando una sentencia  condenatoria de tres años y ocho meses de cárcel.

La investigación inicia con una denuncia  interpuesta por el señor Mariano Zelada Arévalo, contra el Rigoberto Antonio Saavedra Sánchez, manifestando que el imputado presentó al Centro Nacional de Registro, Segunda Sección de Ahuachapán, testimonio de escritura pública de compraventa del inmueble ubicado en Finca El Zacamil, polígono 10, lote N° 3, Ashapuco, Ahuachapán, otorgada a su favor por el señor Mariano Zelada Arévalo, suscrito por el notario Raúl Ángel Calderón.

Compraventa que fue inscrita a favor de Saavedra Sánchez, quien contando con dicho testimonio de escritura pública y constancia de inscripción de compraventa a su favor, el imputado realiza negocio con la señora María Ángela Henríquez Guerrero de Reinosa, formalizando compraventa con pacto de retroventa sobre dicho inmueble. Resultando que para la elaboración de la compraventa el imputado le entrega a la señora Henríquez Guerrero, el testimonio de  compraventa que supuestamente había realizado con el señor Zelada Arévalo.

No obstante mediante resolución de la Sección de Notariado de la Corte Suprema de Justicia, informa que en la fecha que el señor Saavedra Sánchez, compró el inmueble antes relacionado, el notario Raúl  Ángel Calderón, no tenía libro de protocolo ya que este había vencido en el año 2007, estableciéndose así que la escritura pública que habría de dar origen al testimonio de compraventa presentado para su inscripción y que fue entregado a la señora María Ángela Henríquez Guerrero, no existe, por lo que dicho testimonio se constituye en un documento falso.