Desde que la Unidad Contra el Trafico Ilegal de Personas inició sus labores, la legislación propiciaba
que los casos llevados a juicio fueran resuelto por tribunales de conciencia, es decir con jurados
conformados por cinco ciudadanos, quienes al juzgar consideraban a los que trafican con personas
como benefactores de los inmigrantes; todo ello conllevaba a poner en libertad a implicados en
este tipo de delitos y muchas veces el esfuerzo de los fiscales en el seguimiento de un caso hasta
llevarlo a juicio se veía truncado por esta percepción de pensamiento que posibilitaba resultados
favorables para los involucrados en el delito de Trafico Ilegal de Personas.
No obstante lo anterior, el 8 de noviembre de 2004 fue publicada en el Diario Oficial número 207,
tomo 365 la reforma hecha al Art. 56 numeral 15 del Código Procesal Penal en lo relativo a
considerar el tráfico ilegal de personas como delito de crimen organizado, considerando
improcedente que un tribunal de conciencia juzgara en la Vista Pública a quienes se les imputa el
referido delito y por otro lado considerando procedente que sea un tribunal de sentencia
conformado por tres jueces el que juzgara en Vista Pública a tales personas, lo que posibilitará
mejores resultados pues las resoluciones llevan una sustentación técnica jurídica del delito y no
prejuiciados por sentimientos alejada de la realidad en cuanto al cometimiento de este tipo de
delincuencia se tata.
A partir de la entrada en vigencia de la mencionada reforma se cuenta con la garantía de una
mejor aplicación de la ley contra los traficantes de personas.
La síntesis de los casos más importantes se presenta a continuación:
Detención de OSCAR ORLANDO MEDRANO HERNANDEZ por el delito de Trata de Personas, ya
que en su establecimiento trabajaban como prostitutas tres menores de edad, entre ellas dos
nicaragüenses.
Estado del caso: vista pública, auto apertura a juicio.
Detención de GILMA XIOMARA MORELON, LUIS ENRIQUE REYES, ROBERTO MAURICIO CASTRO
ROMERO Y MARIA MILAGRO MARROQUIN, por el delito de Trata de Personas, ya que en un
establecimiento llamado “Gilmas Salón” propiedad de ellos, se encontró comercialización con
dos menores de edad.
Estado del caso: vista pública.
El denominado “CASO TEQUILA BAR”, en donde los imputados JOSE ALFREDO PAREDES Y
JOHN JARIS MARADIAGA fueron detenidos en flagracia, por el delito de Tráfico Ilegal de
Personas, al intentar sacar del país en forma ilegal a una persona adulta con dos menores de
edad.
Estado del caso: instrucción.
Detención de JOSE HUMBERTO MERINO, MAURA ESTELA ROSAURA DE MERINO, WENDY
CAROLINA MERINO, ESTELA BEATRIZ MERINO, FRANCISCO AYALA RELIMAN, CARLOS
VALENTÍN Y OTROS.
Estas personas reclutaban menores de edad con padres viviendo en Estados Unidos para
inducirlos a mentir con relación a su identidad y reconocer a los imputados como sus padres, a
fin de obtener visas, trasladarlos a Estados Unidos y cobrar una cantidad entre cinco mil y ocho
mil dólares por menor.
Estado del caso: se decretó auto de apertura a juicio en el mes de julio.
El día nueve de Marzo del año dos mil dos, con autorización Judicial del señor Juez de Paz de
San Francisco Menéndez, Ahuachapán, se procede a allanar la vivienda del señor NARCISO
RAMÍREZ, lugar en el cual se secuestran dos documentos de identidad en fotocopia a nombre
del imputado y emitidos por las autoridades del Registro Civil de la Alcaldía Municipal de
Moyuta, Departamento de Jutiapa, República de Guatemala, siendo estos documentos una
Cédula de Vecindad y una Partida de Nacimiento, las cuales hacían constar que el imputado
era originario de dicho municipio; ante tal situación y teniendo conocimiento la Fiscalia General