San Martín, San Salvador Este. La Fiscalía General de la República (FGR) logró la condena de tres miembros de una familia con penas de 35 a 45 años de cárcel por el delito de homicidio agravado de un recién nacido.
Según la relación de los hechos del expediente fiscal, a inicios de julio de 2025, Maritza Yessenia Martínez Ponce estaba embarazada y le expresó a su familia que se sentía mal de salud, específicamente refirió dolores en el estómago.
Ante la situación, una familiar identificada como Marta Alicia Ponce Carrillo, la llevó a una iglesia evangélica, ubicada en la zona conocida como La Loma, en el distrito de San Martín, municipio de San Salvador Este.
Según la investigación y las pruebas recabadas por las autoridades, en esa iglesia le manifestaron a Martínez Ponce que el problema de salud que tenía en el estómago era causado por «un mal espíritu”, el cual “tenía que sacarlo y quemarlo».
Luego, el 3 de julio la mujer dio a luz, sin embargo, el pastor de la referida iglesia, Arturo Ascencio Joaquín, le dijo que debía quemar y enterrar el feto.
Tras escuchar la indicación del dirigente religioso, la familiar de la mujer tomó al recién nacido y lo metió, primero en una bolsa, y luego, en una cubeta, para proceder a quemarlo.
Misael Alexander García Ponce -otro hijo de Martínez Ponce- le prendió fuego al feto, cavó un hoyo y posteriormente enterró los restos en el patio de la vivienda.
Del criminal recibió un aviso la Policía Nacional Civil (PNC) y varios agentes llegaron a la vivienda de la familia, ubicada en el cantón Las Ánimas, siempre de San Martín, con la finalidad de procesar la escena.
El 4 de julio, es decir, el día después del crimen, los elementos policiales procedieron con las capturas de los involucrados en el hecho.
Durante el proceso judicial, la Fiscalía General de la República (FGR) presentó abundante prueba de cargo contra los imputados, con la cual acreditó la individualización y la participación de cada uno en el crimen.
Fue así que las dos mujeres fueron condenadas a 45 años de cárcel cada una por el delito de homicidio agravado; mientras que García Ponce fue sentenciado a 35 años de prisión por homicidio agravado.
El pastor fue absuelto por homicidio agravado, pero fue condenado a prisión por omisión del deber de poner en conocimiento de las autoridades el hecho criminal.
La condena fue impuesta por el Tribunal Quinto de Sentencia de San Salvador en presencia de los imputados.

