Dos hombres son condenados a 10 años de cárcel, cada uno, por portar ilegalmente un arma de fuego

Por: Litzardo Rivas / febrero 6, 2026

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Ilobasco, Cabañas Oeste. A José Roberto de Paz López y a Mártir Martínez Cruz estarán recluidos en una prisión sus próximos 10 años, por portar un fusil calibre 22 mm, cada uno, sin tener las matrículas ni las licencias respectivas de las armas.

Ambos imputados fueron detenidos el 28 de septiembre del año 2025 sobre la calle principal del caserío Centro, del cantón San Francisco, del distrito de Tejutepeque, Cabañas Oeste, conduciendo las armas de forma ilegal.

En un juicio sumario en el Juzgado de Paz de Tejutepeque, el fiscal del caso estableció -con diferentes pruebas- que los dos incriminados incurrieron en el delito de tenencia, portación o conducción ilegal o irresponsable de arma de fuego.

Al final de la audiencia de vista pública se les impuso la penade 10 años de prisión con que se sanciona la acción ilícita.

El artículo 346B del Código Penal, establece que el delito en mención se castiga con penas entre los 10 y 15 años de cárcel.

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