FGR logra condena de diez años de prisión para miembro de la MS por homicidio

Por: / diciembre 18, 2017

Soyapango. La oficina Fiscal de Soyapango, logró la condena de diez años de prisión para un pandillero  vinculado con la Mara Salvatrucha, luego de que el Tribunal Segundo de Sentencia de San Salvador, lo declarase culpable de Homicidio Simple en calidad de Cómplice no Necesario, delito previsto y sancionado en el artículo 128 del  Código Penal.

El pandillero fue identificado como Walter Arnoldo Mejía Rivera, miembro activo de la Mara Salvatrucha, quién fue acusado y ahora está condenado de haber participado como cómplice en el asesinato de Israel Gonzalo Martínez Vásquez, un panadero de la zona de San Martín.

Los hechos ocurrieron el sábado 27 de febrero de 2016, en horas de la mañana; sobre la calle que conduce al municipio de San José Guayabal, en el Cantón El Rosario, de la jurisdicción de San Martín, según el reporte presentado durante la vista pública desarrollada el 14 de diciembre de 2017, en el Tribunal Segundo de Sentencia de San Salvador.

Los sucesos delictivos tienen lugar cuando la víctima, que se dedicaba a vender pan en una motocicleta, es interceptada por cuatro sujetos de la MS, conocidos como “Ronald”, “Burro”, “Marín” y uno más que no logro ser identificado; los cuales obligaron a la víctima a bajar de su motocicleta, y a entrar en un terreno rústico, en donde “Ronald” y el  “Burro”, le asestaron siete disparos, causándole la muerte a Martínez Vásquez, mientras los otros dos pandilleros realizaban labores de vigilancia.

El móvil del hecho está relacionado con la apropiación de negocios particulares, por parte de pandilleros de la zona, entre estos negocios afectados se encuentran panaderías, ventas de gas y tiendas.

En este caso también es procesado el pandillero alias “Ronald”, que ya cuenta con orden judicial de captura y quién a su vez fue declarado en rebeldía por el Juzgado de Instrucción de Ilopango.

Finalmente el juzgador dictaminó un fallo condenatorio de diez años de prisión para el imputado, por el delito de Homicidio Simple en calidad de Cómplice no Necesario;  además de una condena civil en abstracto, la cual será determinada por la familia de la víctima en los tribunales correspondientes.