Página 5 - Memoria de Labores 2005-2006

Versión de HTML Básico

BASE LEGAL
La Fiscalía General es un órgano del Estado, integrante del Ministerio Público, el cual tiene sus
fundamentos en la Constitución de la República, establecidos en el Art. 193. y que, en el Capítulo IV
establece las funciones del Fiscal General de la República, que es elegido por la Asamblea
Legislativa, por mayoría calificada de los dos tercios de los diputados electos. Siendo el Art. 193 de
la Constitución el fundamento de la Fiscalía General, este se convierte en la base principal de la Ley
Orgánica del Ministerio Público, la cual en su artículo 3 confiere al Fiscal General otras atribuciones
adicionales de las que se contemplan en la Constitución. Además de las leyes mencionadas, la
institución regula sus actuaciones de acuerdo a la normativa Penal y Procesal Penal, entre otras.
FUNCIONES
Según el Art. 193 de la Constitución, corresponde al Fiscal General de la República lo siguiente:
Defender los intereses del Estado y de la Sociedad.
Promover de oficio o a petición de parte la acción de la justicia en defensa de la legalidad.
Dirigir la investigación del delito con la colaboración de la Policía Nacional Civil, y en
particular de los hechos criminales que han de someterse a la jurisdicción penal.
Promover la acción penal de oficio o a petición de parte.
Defender los intereses fiscales y representar al Estado en toda clase de juicios y en los
contratos sobre adquisición de bienes inmuebles en general y de los muebles sujetos a
licitación, y los demás que determine la ley.
Promover el enjuiciamiento y castigo de los indiciados por delitos de atentados contra las
autoridades y desacato.
Nombrar comisiones especiales para el cumplimiento de sus funciones.
Nombrar, remover, conceder licencias y aceptar renuncias a los fiscales de la Corte Suprema
de Justicia, de las Cámaras de Segunda Instancia, de los Tribunales Militares y de los
tribunales que conocen en primera instancia, y a los Fiscales de Hacienda. Iguales
atribuciones ejercerá respecto de los demás funcionarios y empleados de su dependencia.
Velar por que en las concesiones de cualquier clase otorgadas por el Estado, se cumpla con
los requisitos, condiciones y finalidades establecidas en las mismas y ejercer al respecto las
acciones correspondientes.
Ejercer las demás atribuciones que establezca la ley.
OBJETIVOS
Dirigir la investigación del delito con eficacia para proteger los intereses de la Sociedad y el
Estado.
Fortalecer y hacer valer la autonomía, independencia y autoridad conferidas por mandato
constitucional.
Modernización Institucional.
Convertir a la Fiscalía General de la República en una institución reconocida por su liderazgo en
la promoción por el respeto de la ley, para garantizar un auténtico Estado de Derecho.
VALORES
LEALTAD: No traicionamos los intereses de nuestra Institución porque creemos y nos debemos a
ella y a la Sociedad.
EFICIENCIA: Nos esforzamos por conseguir una respuesta oportuna en la búsqueda de la Justicia y
la verdad.
HONESTIDAD: Respetamos el valor Justicia y resolvemos de conformidad con nuestras Leyes.
MÍSTICA: Trabajamos con pasión por defender los intereses del Estado y la Sociedad.