Página 16 - Memoria de Labores 2017-2018

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MEMORIA DE LABORES 2017-2018
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BASE LEGAL Y FUNCIONES
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Defender los intereses del Estado y de la sociedad;
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Promover de oficio o a petición de parte la acción de la justicia
en defensa de la legalidad;
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Dirigir la investigación del delito con la colaboración de la Policía
Nacional Civil en la forma que determine la ley;
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Promover la acción penal de oficio o a petición de parte;
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Defender los intereses fiscales y representar al Estado en toda
clase de juicios y en los contratos sobre adquisición de bienes
inmuebles en general y de los muebles sujetos a licitación, y los
demás que determine la ley;
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Promover el enjuiciamiento y castigo de los indiciados por
delitos de atentados contra las autoridades, y de desacato;
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Nombrar comisiones especiales para el cumplimiento de sus
funciones;
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Nombrar, remover, conceder licencias y aceptar renuncias a
los Fiscales de la Corte Suprema de Justicia, de las Cámaras de
Segunda Instancia, de los Tribunales Militares y de los tribunales
que conocen en primera instancia, y a los fiscales de Hacienda.
Iguales atribuciones ejercerá respecto de los demás funcionarios y
empleados de su dependencia;
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Derogado
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Velar porque en las concesiones de cualquier clase otorgadas
por el Estado, se cumpla con los requisitos, condiciones y finalidades
establecidas en las mismas y ejercer al respecto las acciones
correspondientes;
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Ejercer las demás atribuciones que establezca la ley.
La Fiscalía General de la República, como integrante del Ministerio Público,
tiene su fundamento en el artículo 193 de la Constitución de la República y en
su Ley Orgánica, promulgada el 25 de mayo de 2006, donde se establecen
las funciones, facultades y atribuciones del Fiscal General de la República.
Corresponde al Fiscal General de la República: