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Memoria de Labores
2015 - 2016
16
La Fiscalía General de la República, como integrante del Ministerio Público,
tiene su asidero en el Artículo 193 de la Constitución de la República y en su
Ley Orgánica, promulgada el 25 de Mayo del 2006, donde se establecen las
funciones, facultades y atribuciones del Fiscal General de la República.
Art. 193.- CORRESPONDE AL FISCAL GENERAL DE LA REPÚBLICA:
1
0
- Defender los intereses del Estado y de la sociedad;
2
0
- PROMOVER DE OFICIO O A PETICIÓN DE PARTE LA ACCIÓN DE LA JUSTICIA EN
DEFENSA DE LA LEGALIDAD; (1)
3
0
- DIRIGIR LA INVESTIGACIÓN DEL DELITO CON LA COLABORACIÓN DE LA POLICÍA
NACIONAL CIVIL EN LA FORMA QUE DETERMINE LA LEY; (1) (11)
4
0
- PROMOVER LA ACCIÓN PENAL DE OFICIO O A PETICIÓN DE PARTE; (1)
5- Defender los intereses fiscales y representar al Estado en toda clase de juicios y en los
contratos sobre adquisición de bienes inmuebles en general y de los muebles sujetos a licitación,
y los demás que determine la ley;
6
0
- Promover el enjuiciamiento y castigo de los indiciados por delitos de atentados contra las
autoridades, y de desacato;
7
0
- Nombrar comisiones especiales para el cumplimiento de sus funciones;
8
0
- Nombrar, remover, conceder licencias y aceptar renuncias a los Fiscales de la Corte
Suprema de Justicia, de las Cámaras de Segunda Instancia, de los Tribunales Militares y de los
tribunales que conocen en primera instancia, y a los fiscales de Hacienda. Iguales atribuciones
ejercerá respecto de los demás funcionarios y empleados de su dependencia;
9
0
- DEROGADO (1)
10
0
- Velar porque en las concesiones de cualquier clase otorgadas por el Estado, se cumpla con
los requisitos, condiciones y finalidades establecidas en las mismas y ejercer al respecto las
acciones correspondientes;
11
0
- Ejercer las demás atribuciones que establezca la ley.
Base Legal y Funciones