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REf. : 1506-UHA-08.
CRITERIADO: ANTONIO
Fecha: 9 de febrero de 2010
ESTADO DEL CASO: Se realizó Vista Pública obteniendo
sentencia condenatoria.
Consistente en robo de vehículos con mercadería, el cual se
está
trabajando en coordinación con la División
de
Investigación
Criminal de la Policía Nacional Civil, en el que se cuenta con
la confesión extrajudicial del testigo criteriado con la clave
"ANTONIO", y que se tienen perfilados a siete imputados
como integrantes de una banda dedicada al robo prindpalmente
de vehículos con mercadería, los cuales son: Hugo Oswaldo
López Arévalo-Jorge Stanley Estrada-Gloria Delmy Palacios
Garay-María Cristina Arévalo-Ciaudia María Airado Gustavo
Rafael Orellana Carrillo-Estanislao Jovel Miranda Estrada–
Siendo las víctimas de tales hechos las empresas siguientes:
C. lmberton S.A. de C.V., Distribuidora Zablah S.A. de C.V.,
Nueva Avícola S.A. de C.V., Grajas Guanacas S.A. de C.V.
y también se tiene el robo en una vivienda ubicada en el
municipio de San Marcos, San Salvador, propiedad de la
señora María Magdalena Aparicio de Chan Chan .
En el presente caso, al testigo ANTONIO ya se le otorgó el
criterio de oportunidad por uno de los casos, s1endo éste el
robo a la empresa NUEVA AVICOLA S.A. DE C.V., en el
Juzgado Cuarto de Paz de San Salvador, estando pendiente
otorgarle cnterio por el resto de los casos, siendo en total
ocho casos.
Finalmente, le informo que estos hechos sucedieron
básicamente entre los meses de junio a septiembre del año
dos mil ocho, en los cuales los sujetos HUGO OSWALDO
LOPEZ y JORGE STANLEY ESTRADA, como líderes de la
estructura decidían salir a buscar algún vehículo con mercadería
que poder robar, principalmente en las zonas de llopango,
Soyapango, Ayutuxtepeque y Colon1a Al tavista .
Utilizando al criteriado como motorista de los vehículos que
usaban, que generalmente eran dos, un Hyundai Excel color
blanco y un Honda color rojo, ambos propiedad de Gloria
Delmy Palacios, que era la compañera de vida de Hugo
López. Siendo que al encontrar un objetivo a robar,
generalmente eran los dos sujetos primeramente mencionados
que interceptaban a las víctimas, no obstante en ocasiones
participó directamente el criteriado y la imputada Claudia
María Alfara, utilizando armas de fuego, las privaban de
libertad, descargaban la mercadería en determinado parqueo
o algún lugar cercano al s1tio donde cometían el robo, y luego
dejaban abandonado el vehículo y a las víctimas encerradas
en el furgón del mismo. Posteriormente el testigo criteriado
ANTONIO cargaba en alguno de los vehículos de la banda
la mercadería y se la llevaban a descargarla, bien al negocio
de Gloria Delmy Palacios o al negocio de María Cristina
Arévalo, qu1en es la mamá de Hugo López. En este caso se
realizo Vista Pública obteniendo Sentencia condenatoria.
Ref.: 1952-UHA-08.
CRITERIADO: MARDOQUEO
Fecha: Miércoles, 2 de junio de 201
O
ESTADO DEL CASO. Se realizó Vista Pública obteniéndose
sentencia absolutoria y condenatoria.
Re: 1607-UHA-08
CRITERIADO: ERICK
Fecha: Miércoles, 2 de junio de 2010
ESTADO DEL CASO:
Se
realizó Vista Pública obteniéndose
Sentencia absolutoria y condenatoria.
DELITOS: hurtos agravados, falsificación de señas y marcas
y agrupaciones ilícitas.
SINTESIS DEL HECHO: Oue la presente investigación se inició
a partir del seguimiento que se le dió al hurto de un vehículo
automotor, que generó la petición y posterior practica de un
Registro con
Prevención
de Allanamiento en un inmueble ubicado
en el
Barrio
San
Antonio
del
municipio de
San
Juan Nonualco,
el
caso
es que al registrar dicho lugar encontraron en el interior
del
inmueble
dos
vehículos
particulares,
entre éstos el
placas
P-
76362, marca Toyota Hilux, año 1977, que al ser
revisado no
le encontraron ninguna inconsistenda, sin
embargo
al
revisar
el
segundo de los vehículos que era el placas
P-1 '28512,
marca Toyota, clase
Pick
up, el
cual
se encontraba en proceso
de ser pintado,
ya
que
estaba
con base de pintura, observaron
que la serie
del
motor era la
0698884
22R, la cual
no
coinddía
con las placas que portaba, por lo que consultaron con la
base
de
datos
que para tal
efecto
leva
la
Policía Nóri:lnal Ovil,
verificando
que el motor
pertenecía
al vehículo
placas
P-38660, el
cual
tenía
reporte
activo
de hurto
desde
el día veinte de septiembre de
dos
mil ocho, por lo que también se le practicó experticia de campo
a los números de serie del chasis y se verificó que los mismos
se encontraban
alterados.
Al
practicar
un registro en el vehículo
al que legalmente le corresponden las placas P-38660, se
encontraron
tres
plaquitas de VlN pertenecientes avehículos con
reporte
activo
de hurto en fechas
recientes,
entre estas la número
JT4RN44SOD1130338, pertenedente al vehículo placas P-
38660,
la número JT4RN55R4G0194748, perteneciente al
vehículo placas P-326963; y la número
4RN70D1~7,
que
pertenecían
al vehículo
placas
P-43962'2,
evidencíando
con
ello que el
proceso
de suplantación de dichas plaquitas
de
VlN,
lo efectuaron en
ese
mismo lugar y
por
ello se encontraron ahí
mismo.
C4
apitulo cuatro