Tío es condenado a más de 18 años de prisión por violación en Nejapa

Por: / mayo 16, 2018

Apopa. Fiscales de la Unidad de delitos relativos a la Niñez, Adolescencia y la Mujer de la oficina de Apopa, lograron que Jesús N., recibiera una condena de 18 años ocho meses de cárcel, por el delito de Violación en Menor o Incapaz Agravada, acciones cometidas en perjuicio de su sobrina, en el mes de noviembre de 2002, época en la que la víctima contaba con 12 años de edad, explicó el jefe de la sede Fiscal, Carlos Herrera.

Según el dictamen de acusación Fiscal, se establece que la víctima fue abusada sexualmente el día que ella cumplió 12 años de edad, cuando el madre de la niña, permitió que como regalo de cumpleaños el tío Jesús, esto debido a ser el tío paterno, persona de confianza de la familia, a en muchas ocasiones dejaba al cuidado a ella y sus hermano; por lo que se fueron al centro de San Salvador.

En su declaración la víctima manifiesta que su tío le compró ropa, la llevo a comer al pollo, pero que cuando venían de regreso a su casa ubicada Nejapa, el imputado la introdujo en medio de un cañal de la zona donde le quito la ropa y la abuso sexualmente  por varios minutos, al final le dijo que “ella le pertenecía, que era su muñeca, que ya mucho había gastado en ella, que tenía que ser suya”.

Estos actos comentó la víctima, fueron precedidos de tocamientos que realizada su tío en sus partes íntimas, incluso la obligaba a que le tocara sus partes genitales, ella nunca comento lo sucedido por miedo al rechazo de sus padres, hasta que pasados los años ella se iba a casar, y el imputado hizo comentarios con amigos, que ella había sido suya, por lo que su familia se dio cuenta, por lo que ella lo denuncio los hechos en marzo de 2017.

Posterior a la denuncia y las investigaciones respectivas se giró la orden de detención administrativa el 26 de julio de 2017; y durante la vista pública realizada el 14 de mayo de 2018, en el Tribunal Sexto de Sentencia de San Salvador, la juez resolvió sentencia condenatoria por el delito de Violación en Menor o Incapaz Agravada, previsto y sancionado en el artículo 159 relacionado en el artículo 162 numerales 1 y 4 PN., y le impone la pena 18 años y 8 meses de prisión.

El jefe fiscal Herrera, aclaró que por ser el hecho antiguo se resolvió con base a la pena establecida para este delito en el código penal vigente en el año 2002, otorgándole la máxima pena.