Sujeto condenado a cinco años de cárcel por el delito de Estafa en Sonsonate

Por: / marzo 2, 2017

Sonsonate. Fiscales dela Unidad de Delitos contra el Patrimonio Privado de la oficina de Sonsonate, lograron la condena de cinco años de prisión para Ever Alfredo Gil Duran, acusado del delito de Estafa por la cantidad de $ 11,700.00., delito previsto y sancionado en el artículo 215 del código Penal, en perjuicio de Juan Leonel Monroy Umaña, hecho sucedido en enero de 2011, en El Cantón El Monzón, del municipio de Acajutla, informó Santiago Hernández, jefe de esta oficina fiscal.

Consta en el informe que el señor Juan Leonel Monroy Umaña, en enero del año 2011 adquirió un rancho de playa ubicado en el Cantón Monzón, en la jurisdicción de Acajutla, propiedad de Ever Alfredo Gil Duran, por la cantidad de 11,700.00 dólares, de lo cual tiene el testimonio de Escritura Pública, debidamente Inscrita a su favor en el registro de propiedad Raíz e Hipotecas. La Victima le hizo mejoras a la propiedad como portón nuevo paredes de la orilla de la calle que estaban caídas.

Sin embargo, pasados dos años el vigilante le informó que se habían presentado unas personas manifestando ser los dueños y colocando candado en el referido rancho de playa, fue entonces que decidió denunciar el hecho por el delito de usurpación sin lograr resolver su situación jurídica.

Siendo el caso, que la descripción física y ubicación geográfica del rancho no correspondía a la propiedad que le había mostrado el estafador, siendo lo correcto un manglar inhabitable, parcialmente accesible en verano y totalmente inaccesible en invierno. El señor Juan Leonel Monroy Umaña, al percatarse que el estafador estaba siendo procesado por otros delitos cometidos en el departamento de Santa Ana, decidió interponer la respectiva denuncia.

El 27 de febrero de 2017, en el Tribunal de Sentencia de Sonsonate, se llevó a cabo vista pública contra Ever Alfredo Gil Duran, por el delito de Estafa en perjuicio de la víctima Juan Leonel Monroy Umaña, donde la Fiscalía presentó las pruebas documental como el  Acta de denuncia interpuesta por la víctima; Certificación Notarial de Escritura de Compraventa con Pacto de retroventa; Certificación literal y extractada de Escritura de Compraventa con pacto retroventa; Acta de inspección ocular en el lugar de los hechos.

De la misma manera la fiscalía conto la prueba testimonial como: Deposición de la víctima y testigos del hecho y Pericial: Inspección de campo y ubicación de inmueble realizada por perito de CNR, donde se constató las condiciones reales del inmueble vendido a la víctima. Logrando obtener una sentencia condenatoria consistente en cinco años de prisión y el pago de la cantidad de once mil setecientos dólares de los Estados Unidos de América, en concepto de responsabilidad civil.