FGR ordenó captura de salvadoreño con doble nacionalidad, por corrupción de menor a través de celular

Por: / enero 19, 2017

Con la aplicación de disposiciones de una ley especial, la Fiscalía General de la República (FGR), procesará a un salvadoreño, con nacionalidad canadiense, a quien se le ha establecido participación delictiva por haber mantenido comunicación telefónica con contenido sexual en perjuicio de una menor de edad.

La Unidad Especializada de Trata y Tráfico Ilegal de Personas de la FGR, dio a conocer que el imputado es José Antonio Erazo Ayala, de 59 años de edad, quien fue capturado la tarde del miércoles en Jucuarán, Usulután.

Se le aplicará el delito de Corrupción de niñas, niños, adolescentes o personas con discapacidad a través del uso de las tecnologías de la información y comunicación, contemplado en el artículo 31 de la Ley Especial Contra los Delitos Informáticos y Conexos. La víctima, es una adolescente de 13 años de edad, al momento de comenzar a ser afectada el año pasado.

“A la fecha ya contamos con abundantes elementos de prueba que llevarán a demostrar ante el juez competente, las acciones ilícitas que el imputado cometió”, explicó Violeta Olivares, jefa de esa unidad fiscal.

Las investigaciones desarrolladas por la FGR determinaron que Erazo Ayala, conoció a la adolescente en el 2016, mientras él se encontraba de visita en nuestro país. Le proporcionó un teléfono celular a través del cual mantuvo comunicación con ella, enviándole mensajes con contenido sexual, y este le pedía que le enviara fotos desnuda.

Los hechos ocurrieron entre enero y diciembre del 2016, tiempo en el cual Erazo Ayala, vino en dos ocasiones a El Salvador; en ese sentido, las autoridades policiales esperaron a que nuevamente viniera al país, y fue así como ayer tarde se materializó la detención administrativa.

Las investigaciones se siguen profundizando a efecto de conocer si la víctima sufrió otros agravios, y por lo cual será remitido ante un juzgado de esa jurisdicción en las próximas horas.

Ley Especial Contra los Delitos Informáticos y Conexos

Corrupción de niñas, niños, adolescentes o personas con discapacidad a través del uso de las tecnologías de la información y comunicación

Según el artículo 31: El que mantenga, promueva o facilite la corrupción de una niña, niño, adolescente o persona con discapacidad con fines eróticos, pornográficos u obscenos, por medio de las Tecnologías de la Información y la Comunicación, aunque la niña, niño, adolescente o persona con discapacidad lo consienta, será sancionado con prisión de ocho a doce años.