FGR ordena captura de dos empleadas de la PNC y un proveedor de lubricantes

Por: / agosto 23, 2017

La Unidad Penal, de la Dirección de Intereses del Estado de la Fiscalía General de la República, ordenó la detención de Zoila Guadalupe Alfaro Cañas, en su calidad de encargada del Fondo Circulante de Monto Fijo; Rosibel Rodríguez Rivera, designada para la recepción de insumos comprados, ambas de la Unidad Jurídica de la Policía Nacional Civil, y  José Nelson Amaya, en su calidad de Administrador Único Propietario y Representante Legal de la Sociedad Industrias de Lubricantes; la primera por Administración Fraudulenta, y los otros dos por estafa; explicó el jefe de la Unidad Jonathan Mata.

Según explicó el jefe Fiscal, a Zoila Guadalupe Alfaro Cañas, se capturó por atribuírsele el delito de Administración Fraudulenta, delito previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal; mientras que Rosibel Rodríguez Rivera y José Nelson Amaya, a quienes se les vincula con el delito de Estafa, previsto y sancionado en el artículo 215 del código penal; todos en perjuicio patrimonial de la Policía Nacional Civil (PNC).

La investigación inició el 11 de octubre de 2016, se recibe denuncia escrita, por el apoderado de la PNC, en contra de ambas señoras, ya que de acuerdo a una auditoria interna realizada en el Fondo Circulante de Monto Fio de la Unidad Jurídica, del período comprendido del 1 de enero de 2014 al 30 de abril de 2016, se encontró anomalías en las adquisiciones y presentación de documentación relacionada con el uso de bienes, en relación a compras indebidas por un monto de $12,952.38, las cuales carecían de documentación de soporte.

Lo que que dio como resultado al hallazgo no subsanado consiste en: Adquisición de bienes para la reparación y mantenimiento de equipo de aire acondicionado y mobiliario, además de reparaciones e instalaciones eléctricas por el valor arriba indicado, que fueron adquiridos de la empresa “Industrias de Lubricantes, S.A. de C.V.”, compras que no poseen documentación de respaldo que justifique la necesidad de adquisición de los bienes.

Así mismo la auditoria estableció que la  adquisiciones detalladas en las facturas emitidas por la Sociedad Industrias de Lubricantes, S.A. de C.V., no pertenecen al giro principal de la Sociedad, la cual expone en sus facturas “venta de partes, piezas y accesorios de vehículos”, y estipulando primariamente tal actividad como el giro normal de la misma; siendo el Administrador Único el imputado José Nelson Amaya; quien es compañero de vida de quien fungía al momento de los hechos como Encargada del Fondo Circulante de Monto Fijo de la Unidad Jurídica, Zoila Guadalupe Alfaro Cañas, lo cual, de acuerdo a la Ley de Ética Gubernamental, ha generado un conflicto de interés y tráfico de influencia al favorecerlo como proveedor.

La imputada Zoila Guadalupe Alfaro Cañas, simulaba necesidades y requerimientos de la Unidad Jurídica de la PNC, que debían ser cubiertas a través del Fondo Circulante de Monto Fijo, del cual era la Encargada; posterior a ello la Sociedad Industrias de Lubricantes, S.A. de C.V., a través de José Nelson Amaya, generaba facturas por esos supuestos insumos que la imputada antes mencionada simulaba eran requeridos por la referida Unidad.

Finalmente la imputada Rosibel Rodríguez Rivera, en su calidad designada para la recepción de dichos bienes, por parte del Jefe de la Unidad Jurídica como parte de sus facultades, firmaba y sellaba para constancia del supuesto ingreso de tales insumos a la Unidad Jurídica, los cuales en realidad jamás ingresaban a la Unidad.