Condenan a dos internos de la Granja de Rehabilitación de Ilobasco, por tráfico de objetos prohibidos

Por: / enero 16, 2019

Ilobasco. Fiscales de la Unidad de Patrimonio Privado y Propiedad Intelectual de la oficina de Ilobasco, demostraron que dos reos de una Granja Penitenciaria incurrieron en el delito de Tráfico de Objetos Prohibidos en Centros Penitenciarios de Detención o Reeducativos; quienes intentaron introducir $200.00 a la Granja de Rehabilitación para jóvenes en conflicto, Ilobasco Departamento de Cabañas, en perjuicio de la Administración Pública; manifestó el jefe de la sede Fiscal Emilio Hidalgo.

EL jefe Fiscal identifico a los imputados como Julián Antonio Chávez y Saúl Francisco Álvarez Benítez, quienes el 9 de mayo de 2018, alrededor de las 4:30 de la tarde, fueron detenidos luego de regresar del Juzgado de Ejecución de Medidas al Menor del departamento San Miguel, por el intento de introducir objetos prohibidos al interior de la Granja de Rehabilitación, en Ilobasco.

Según el informe fiscal en la fecha antes mencionada, los dos internos habían salido de la Granja de Rehabilitación, con dirección al Juzgado de Ejecución de Medidas al Menor de San Miguel,  y regresaron alrededor de las 4:30 de la tarde de ese mismo día; al llegar los separaron para tenerlos en observación, ya que los custodios que los acompañaron a San Miguel se enteraron que habían ingerido algún objeto extraño.

Mientras los mantenían en observación y en presencia del agente que los custodiaba, comenzaron a expulsar en las heces fecales, el primero Julián Antonio Chávez Guevara, tres pelotitas envueltas en recortes de plástico, seis billetes de la denominación de $20.00 cada uno, haciendo un total de $120.00; al segundo Saúl Francisco Álvarez Benítez, expulso de la misma manera cuatro billetes de $20.00 haciendo un total de $80.00; por lo se procedió a la incautación de dichos billetes, coordinando con la Policía Nacional Civil, para que tomaran el procedimiento.

Durante la Vista Pública desarrollada en el Juzgado de Sentencia de Sensuntepeque, el fiscal del caso contó con prueba documental, pericial y testimonial, donde la declaración de los  custodios fue fundamental para que se decretara responsable a la imputada y se le condenara a  tres años de prisión sin reemplazo de la pena.